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TARDELLA VICTOR CESAR C/ BADARACCO WILLIAMS Y OTRO/A S/ COBRO SUMARIO ALQUILERES

La sentencia de primera instancia condena a los demandados a pagar la suma por alquileres adeudados, confirmando la validez del contrato y rechazando la defensa de pago alegada por los demandados. La Cámara confirmó la condena y la validez del contrato, además de la declaración de rebeldía del demandado Dramasino.

Intereses Rebeldia Contrato de locacion Prueba documental Alquileres Condena Excepcion de pago Camara de apelaciones. Pago en gasoil Locador y locatario

Quién demanda: Victor Cesar Tardella. A quién se demanda: Ruben Oscar Dramasino, Williams Badaracco. Qué se reclama: Cobro de alquileres adeudados por el período marzo 2018 a febrero 2019, en suma equivalente a 657.888 pesos, ajustada en etapa de ejecución. Además, la demanda incluye intereses y costas. Qué se resolvió: La Cámara hizo lugar a la demanda, condenando a los demandados a pagar la suma reclamada, con fundamento en la acreditación del contrato de locación y la falta de prueba de pago total por parte del demandado. La excepción de pago con documentación de recibos en efectivo fue considerada insuficiente. Fundamentos principales:
- La declaración de rebeldía del demandado Dramasino autoriza a tener por reconocidos los hechos y la autenticidad de la documentación, sin que ello implique una decisión favorable automática, sino que permite fundamentar la condena si las pretensiones están acreditadas.
- La prueba documental y testimonial, sumada a la declaración de la parte actora, acreditaron la existencia del contrato de locación y el incumplimiento de pago por parte del demandado, descartando la validez de la excepción de pago basada en recibos y la entrega de un surtidor de combustible como objeto de pago.
- La ley 23.091 y los índices oficiales ratifican que el canon se fijó en base a litros de gasoil, cuyo valor fue debidamente considerado para calcular los montos adeudados.
- Los intereses se calculan conforme al art. 1433 del CCyC, desde la mora de cada mes hasta el pago efectivo, a la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires.
- La condena incluye los períodos desde marzo 2018 hasta febrero 2019, y la determinación del monto exacto será en la etapa de ejecución con la contradicción del demandado.
- Costas a cargo de los vencidos.
- Se regularán honorarios conforme a la ley.

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