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CETRANGOLO JOSE ANTONIO C/ LANDOLINA DIEGO RAUL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia que condenó a Landolina y la aseguradora a pagar $15.040.000 por daños y perjuicios, incluyendo incapacidad, daño psíquico, consecuencias no patrimoniales y gastos, tras considerar fundamentada la cuantificación y la cobertura del seguro.

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- Quién demanda: Jose Antonio Cetrangolo
- A quién se demanda: Diego Raúl Landolina y Liderar Compañía General de Seguros S.A.
- Qué se reclama: Indemnización por daños y perjuicios derivados de lesiones en un accidente ocurrido el 30/07/2020.
- Qué se resolvió: La Cámara hizo lugar a la apelación del actor y confirmó la condena de la sentencia de primera instancia, fijando en $15.040.000 los montos indemnizatorios. La sentencia fundamenta la cuantificación en base a los informes periciales, la reparación integral y la actualización de los daños, considerando los principios de la responsabilidad civil y la protección del asegurado. Fundamentos: Se sostiene que la sentencia apelada fue fundada en la valoración de las pruebas médicas y psicológicas, en la consideración del daño emergente, el daño psíquico y las consecuencias no patrimoniales, aplicando principios de reparación plena y actualización. La valoración de la incapacidad física del 26,7% y el daño psíquico, así como los gastos de tratamiento, se ajustan a los criterios de prudencia y sana crítica, con una adecuada valoración de la prueba pericial. La decisión también se fundamenta en que la cobertura del seguro debe ajustarse a los parámetros actuales del daño, y que la cláusula de limitación de cobertura en la póliza no puede oponerse en estos casos. La tasa de interés se fija desde el 30/07/2020 hasta la fecha del pronunciamiento, y los montos indemnizatorios son acordes a la gravedad del daño y la proyección vital del actor. La sentencia de primera instancia fue correcta y se confirma en todos sus términos.

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