CASTILLO SILVIA NOEMÍ S/ SUCESION AB-INTESTATO
Dictamen judicial que declara a los hijos de Silvia Noemí Castillo como herederos universales tras su fallecimiento, basándose en la documentación probatoria y la ley aplicable. La resolución ordena la inscripción registral y detalla los recaudos necesarios para ello.
El tribunal, tras analizar el certificado de defunción de Silvia Noemí Castillo (fallecida el 7 de junio de 2023), la Libreta de Familia que acredita su matrimonio con Oscar Aldo Harisgarat (fallecido en 2009) y los certificados de nacimiento de sus hijos, dicta sentencia en la que se reconoce a los hijos como herederos universales. Además, se considera el informe actuarial que verifica el cumplimiento de requisitos procesales y sustantivos para la declaración de herederos. La resolución fundamenta que "de acuerdo con los artículos 2335, 2337, 2338, 2340, 2424, 2426, 2433 del Código Civil y Comercial de la Nación, y arts. 735 y 737 del Código adjetivo, corresponde declarar heredera a la legítima descendencia de la causante". Se ordena además la remisión del expediente para las inscripciones registrales correspondientes y se enumeran los recaudos formales y fiscales que deben cumplirse para la inscripción, incluyendo notificaciones, declaración jurada patrimonial, informes de dominio y pago de tasas. El tribunal también indica que, una vez cumplidos los recaudos, se procederá a la inscripción de la declaratoria de herederos y/o partición, y se cierra la intervención del agente fiscal en la causa. Fundamentos principales: "Que la documentación acompañada, en particular los certificados de defunción, nacimiento y matrimonio, confirman el vínculo familiar y la condición de herederos de los hijos de la causante, en los términos previstos por la ley. La ley establece que 'los herederos universales son los descendientes, ascendientes y cónyuges', y en este caso, la filiación y el matrimonio acreditan la relación de los herederos con la causante." Además, el informe actuarial acredita que "se cumplen los recaudos procesales y sustantivos para la declaración de herederos solicitada." No hay votos disidentes y la sentencia se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos legales y en la documentación probatoria aportada.
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