MALDONADO MIGUEL ANGEL C/ FISCO PRVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ESCRITURACION
La demanda de escrituración del inmueble en Berazategui promovida por Maldonado contra el sucesorio de Margarita Torres Amoedo fue aceptada, ordenando la escrituración en favor del actor, dado el cumplimiento del contrato de compraventa y la obligación de la parte demandada de otorgar la escritura pública.
El actor, Miguel Angel Maldonado, promovió un juicio de escrituración por la compra de un inmueble en Berazategui, adquirido mediante boleto de compraventa en 2014 a Margarita Torres Amoedo. La vendedora falleció, y el inmueble quedó en proceso de sucesión vacante promovida por el Fiscal de Estado de la Provincia. La parte demandada, el Fisco de la Provincia, alegó falta de legitimación pasiva tras desistir del proceso sucesorio. La prueba documental evidenció la existencia del boleto de compraventa y el pago realizado. La jurisprudencia citada sostiene que "si la parte actora ha demostrado en juicio de escrituración la existencia de un contrato de compraventa inmobiliaria, corresponde hacer lugar la pretensión y ordenar el cumplimiento compulsivo de la obligación de escriturar" (SCBA C 109463 del 12/11/14). La sentencia concluyó que la obligación de escriturar es una obligación de hacer y que, en este caso, debe cumplirse en el plazo de 30 días, bajo apercibimiento de ser judicialmente otorgada si la parte demandada no lo hace. Las costas se imponen en el orden causado, dado el desinterés del Fiscal de Estado en la sucesión.
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