NANTI BELLOCQ MARIA CELESTE C/ ERRIEST HERNAN EDUARDO S/ DESALOJO FALTA DE PAGO
La sentencia declara la naturaleza abstracta de la acción de desalojo y termina el proceso por la restitución del inmueble, ordenando el archivo del expediente. El tribunal fundamenta que el objeto del litigio quedó satisfecho con la restitución voluntaria del inmueble por parte del demandado.
La accionante, María Celeste Nanti Bellocq, promovió una acción de desalojo contra Hernán Eduardo Erriest y otros ocupantes, fundamentando que el motivo del requerimiento era el incumplimiento reiterado de obligaciones en un contrato de locación celebrado con su padre, Humberto Héctor Nanti. La demandante informó que tras el fallecimiento del propietario, la locación fue transmitida a su favor y que, posteriormente, el demandado dejó de pagar y retiró mobiliario del inmueble, agravando la situación. La sentencia, tras analizar la situación, declaró la cuestión como abstracta, ya que el demandado había restituido el inmueble, y ordenó el archivo del proceso con costas a la parte demandada, considerando que la pretensión fue satisfecha. La decisión se fundamenta en la extinción del interés del proceso, en que la finalidad de la acción fue alcanzada, y en que la cuestión de fondo carece de objeto actual. La sentencia también destaca que, en casos similares, la restitución voluntaria o material del bien hace innecesario pronunciamiento ulterior sobre la pretensión principal.
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