OLGUIN ROBERTO LUIS C/ TRAVERS MARCELO JAVIER Y OTRO S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Olavarría revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda de daños y perjuicios por accidente de tránsito. El tribunal concluye que la falta de prioridad de paso del actor fue la causa del siniestro y que no se acreditó conducta negligente del demandado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Roberto Luis Olguín, demandó a Marcelo Javier Travers y a la aseguradora Seguros Bernardino Rivadavia por daños derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 22/11/2020, en el cual el actor circulaba por calle Moises Lebenson y fue colisionado por el vehículo Fiat Argo conducido por Travers. La sentencia de primera instancia condenó al demandado a pagar $2.435.684 por daños materiales, daño moral y privación de uso, además de imponer costas procesales. La decisión se fundamentó en que Travers, que transitaba con exceso de velocidad, violó la prioridad de paso prevista en la ley de tránsito, siendo responsable por el siniestro. Ambos apelaron la sentencia, alegando que no existía conducta negativa por parte de Travers y que la causa del accidente fue la imprudencia del actor. La Cámara analiza la normativa de tránsito vigente, especialmente la prioridad de paso en intersecciones, y la prueba pericial mecánica que indica que Travers no circulaba a velocidad excesiva. Con base en ello, concluye que no se acreditó la culpa del demandado, y que la conducta del actor, al no ceder el paso, fue la causa exclusiva del siniestro. Por ello, revoca la sentencia de primera instancia y rechaza la demanda en su totalidad. Además, deja sin efecto la imposición de costas en ambas instancias, y difiere la regulación de honorarios.
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