AGÛERA ADRIANA IRENE S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la sucesión ab intestato de Adriana Irene Agüera, identificando a sus hijas como herederas universales, tras comprobar su fallecimiento el 1 de octubre de 2023 y la existencia de vínculo matrimonial y filiación. La resolución fundamenta en la ley y en las constancias probatorias presentadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa tiene por objeto la declaración de herederos en carácter de universales herederas a las hijas Silvia Irene y Estela Maria Moncayo y Agüera, tras el fallecimiento de Adriana Irene Agüera. La jueza verificó la documentación probatoria, incluyendo el certificado de defunción, la libreta de familia y la publicación de edictos, que arrojaron resultado negativo. La fundamentación principal se basa en los arts. 2424 y 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación, y en los arts. 735 y 737 del CPCC, concluyendo que por fallecimiento de la causante, le suceden en carácter de herederas sus hijas. La jueza dispuso la declaración en los términos solicitados y ordenó su registro. La resolución enfatiza: "de conformidad con lo dispuesto por los arts. 2424, 2426 del Código Civil y Comercial de la Nación y arts. 735 y 737 del CPCC, se declara en cuanto a lugar por derecho y sin perjuicio de terceros que por fallecimiento de ADRIANA IRENE AGÜERA le suceden en carácter de universales herederas sus hijas: SILVIA IRENE y ESTELA MARIA MONCAYO Y AGÜERA." No hay votos disidentes ni consideraciones adicionales.
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