AVALOS LUCIO RAMON S/ SUCESION AB-INTESTATO
La sentencia declara la existencia de herederos en un proceso de sucesión ab intestato. El tribunal confirmó la apertura de la sucesión y la declaración de herederos, reconociendo a los hijos y al cónyuge del causante como únicos y universales herederos, sin perjuicio de derechos de terceros y de bienes propios.
- Quién demanda: No corresponde, es una resolución judicial en un proceso de sucesión.
¿A quién se demanda?
No corresponde, es una declaración de herederos en un proceso de sucesión ab intestato.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de herederos del causante LUCIO RAMON AVALOS, fallecido el 1 de diciembre de 2010.
¿Qué se resolvió?
Se declara que por fallecimiento de LUCIO RAMON AVALOS le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos MARIA VERONICA AVALOS BLACHA y LEANDRO AVALOS BLACHA, y su cónyuge MARIA JOSEFA BLACHA, en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que le acuerda la ley respecto de los gananciales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"De conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 3545, 3565, 3570 y 3576 del Código Civil, y 735, 737 del C.P.C.C.; DECLARO en cuanto ha lugar por derecho y sin perjuicio de terceros, que por fallecimiento de LUCIO RAMON AVALOS le suceden en carácter de únicos y universales herederos sus hijos, MARIA VERONICA AVALOS BLACHA, y LEANDRO AVALOS BLACHA , y su cónyuge supérstite MARIA JOSEFA BLACHA, ésta última en cuanto a los bienes propios si los hubiere, sin perjuicio de los derechos que le acuerda la ley respecto de los gananciales." La declaración se realiza en base a las constancias de defunción, matrimonio, nacimiento y publicaciones de edictos, considerando la normativa aplicable del Código Civil y del Código Procesal Civil y Comercial. "Por ello, de conformidad con lo pedido, lo dictaminado por el Ministerio Fiscal y lo dispuesto por los arts. 3545, 3565, 3570 y 3576 del Código Civil, y 735, 737 del C.P.C.C.;" La resolución dispuso el reconocimiento de los herederos y la cese de la intervención del Ministerio Fiscal.
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