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GENOVESE MARIA EVA y otro/a S/ SUCESION AB-INTESTATO

Declara la sucesión por fallecimiento de María Eva Genovese y Heraldo Cecilio, estableciendo los herederos en carácter de únicos y universales herederos, y confirma la declaratoria de herederos con base en los certificados de defunción, unión conyugal y partidas de nacimiento y defunción aportadas, sin perjuicio de los derechos sobre los bienes gananciales.

Bienes gananciales Herederos Bienes propios Declaracion de herederos Sucesion intestada Declaracion judicial 2426 Herederos legales 2433 ccyc 737 cpcc Arts. 735 Defuncion Arts. 2224

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia se dicta en una causa de sucesión intestada por fallecimiento de María Eva Genovese, ocurrido el 1 de junio de 2017. Se acreditó mediante certificados la unión conyugal con Heraldo Cecilio, fallecido el 25 de agosto de 2022, y la descendencia de sus hijos Heraldo Blas Cecilio, Nancy Edith Cecilio, Sonia Analia Cecilio y Salvador Ubaldo Cecilio. La resolución declara que, por fallecimiento de la causante, los herederos son sus hijos y su cónyuge supérstite, Heraldo Cecilio, en cuanto a bienes propios. Asimismo, en caso de fallecimiento de Heraldo Cecilio, los herederos serán sus hijos, en carácter de herederos universales. La decisión se fundamenta en los arts. 2224, 2426, 2433 y ss del Código Civil y Comercial de la Nación, y en los arts. 735 y 737 del Código Procesal Civil y Comercial. Se dispuso que cese la intervención del Ministerio Fiscal.

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