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DANDOLO MARIELA S/ RECTIFICACION TITULO PROPIEDAD

La sentencia aclara la información catastral del inmueble en una rectificación de título propiedad. El tribunal confirmó la corrección de la nomenclatura catastral y dispuso el registro y notificación correspondientes, validando los datos precisos del inmueble en lugar de los erróneos inicialmente consignados.

Honorarios Notificacion Inmueble Jurisdiccion provincial Rectificacion de titulo Sentencia. Nomenclatura catastral Documentacion catastral Registro inmobiliario Proceso de rectificacion

La demandante, Dandolo Mariela, solicita la rectificación del título de propiedad del inmueble. El tribunal, tras analizar la documentación, aclara que la denominación correcta del inmueble es: Nomenclatura catastral: Circunscripción IV, Sección Q, Manzana 11, Parcela 2, Subparcela 19, Polígono 00-19, Porcentual: 0,0322%, Partida inmobiliaria: 120-108056, en lugar de la dirección equivocada en calle 264 Nro. 2658 de Don Bosco. La decisión se fundamenta en que la documentación y registros catastrales sustentan la corrección solicitada, y se ordena el registro y notificación correspondientes. La sentencia expresa: "se aclárase la sentencia de fs.19 en cuanto a que la designación correcta del inmueble cuya rectificación de titulo se pretende resulta ser...". Además, se aprueban los aportes previsionales correspondientes a los honorarios regulados, acompañados por las boletas presentadas.

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