MONTANO MARIA ROSA C/ CORDARIY MIGUEL ANGEL Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM.C/LES.O MUERTE (99)
La sentencia rechaza la demanda por daños y perjuicios por colisión entre motocicleta y automóvil, confirmando la responsabilidad del actor por circular en contramano y concluyendo que la conducta del demandado no fue causa excluyente del daño.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, María Rosa Montano, en representación de su hijo menor Damián Esteban Marutke Montano, reclamó daños y perjuicios por un accidente ocurrido el 7 de mayo de 2005 en Bernal, en el que su hijo fue embestido por un automóvil conducido por el demandado. La responsabilidad del demandado fue negada y se argumentó que la motocicleta circulaba en contramano, incumpliendo el artículo 59 inc. 1) de la Ley 11430, por lo que la culpa del accidente recayó en el actor. La prueba pericial y las declaraciones confirmaron que la motocicleta circulaba en sentido contrario a la normativa, lo que fue considerado como conducta negligente y antirreglamentaria del actor. La jurisprudencia y los artículos del Código Civil aplicables refuerzan que la imprudencia en circular en contramano interrumpe la previsibilidad del riesgo, por lo que la conducta del actor fue determinante y excluyente en la causación del daño. En consecuencia, se rechazó la demanda y las costas se impusieron a la parte actora.
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