MONGES JUAN ANTONIO C/SUCESORES DE ALSEMIR RETILIO RESTITUTO S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La Cámara aclara la sentencia del 21/04/2025 respecto a la nomenclatura catastral, especificando que surge del Pano 078-38-2023. La solicitud de aclaración fue aceptada y se ordenó su incorporación en el expediente y notificación.
- La parte actora, MONGES JUAN ANTONIO, interpuso una solicitud de aclaración respecto a la sentencia dictada el 21/04/2025.
- La parte demandada, SUCESORES DE ALSEMIR RETILIO RESTITUTO, no aparece mencionada en el texto.
- La solicitud se refiere a la nomenclatura catastral y su referencia en la sentencia, que surge del Pano 078-38-2023.
- La Cámara resolvió aceptar la solicitud de aclaración y aclaró que la nomenclatura catastral mencionada surge del expediente especificado. La resolución fue que "Amplíese la sentencia dictada el 21/04/25 dejándose aclarado que la nomenclatura catastral surge del Pano 078
- 38
- 2023."
- La Cámara ordenó que la aclaración sea registrada y notificada.
- La decisión se fundamenta en la necesidad de precisar la referencia catastral mencionada en la fallo original para evitar dudas o interpretaciones erróneas.
- No se mencionan votos disidentes ni fundamentaciones adicionales.
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