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CASTELLI ANTONELLA C/ IOMA S/ AMPARO

La sentencia de primera instancia ordenó la declaración de procedencia del amparo y la conversión en definitiva de la medida cautelar, en favor de Antonella Castelli, y dispuso el pago de costas a la parte demandada, confirmando la protección del derecho a la salud y a la vida en el caso de tratamiento de fertilización in vitro.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Sra. Antonella Castelli, actora, demandó al IOMA solicitando la cobertura total e integral del tratamiento de fertilización in vitro de alta complejidad, incluyendo estudios y prácticas previas y posteriores, además de honorarios médicos. La medida cautelar fue concedida y cumplida, y posteriormente se dictó sentencia que, tras analizar la situación, confirmó la procedencia del amparo y la protección del derecho a la salud y a la vida. La jueza resaltó que el derecho a la salud y a la vida, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales con jerarquía constitucional, impone a la autoridad pública la obligación de garantizar el acceso a tratamientos de alta complejidad como el reclamado. Se sostuvo que la protección de estos derechos prevalece sobre otros intereses, y que la medida cautelar debe convertirse en definitiva, dado el carácter urgente y fundamental del derecho en juego. La sentencia también destacó que la acción fue justificada por la necesidad de garantizar el derecho a la salud de la actora, en un contexto de riesgo a su capacidad de concebir. La decisión impone las costas a la parte demandada, por haber sido la vencida, y regula honorarios profesionales. Fundamentos principales de la decisión: "El derecho a la salud representa uno de los corolarios del derecho a la vida, y su reconocimiento como prerrogativa personalísima posee expresa raigambre constitucional con la incorporación como Ley Suprema de los tratados internacionales que así lo receptan." "El derecho a la vida es el primer derecho de la persona humana que resulta reconocido y garantizado por la Constitución nacional. [...] en un caso como el de autos, debe darse primacía efectiva al derecho a la vida y a la conservación de la salud comprometidos." "El proceso de amparo se utiliza frecuentemente para obtener a través de una medida cautelar, la satisfacción provisoria o definitiva de la pretensión sustancial. En autos se ha obtenido la prestación de manera provisoria con la medida cautelar, de modo que resulta imperioso que el presente pronunciamiento convierta en definitiva la medida cautelar provisoria." "El derecho a la salud y a la vida, reconocido en la Constitución y en tratados internacionales, requiere que las autoridades garanticen acciones positivas para su protección, en especial en casos de tratamientos de alta complejidad que impactan directamente en la capacidad reproductiva y la salud de la persona." "Por todo ello, corresponde convertir en definitiva la medida cautelar y ordenar la protección del derecho a la salud y la vida de la actora, en los términos de la demanda."

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