FCA COMPAÑÍA FINANCIERA SA C/ SILVA MARTINEZ REINALDO ANDRES S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
La sentencia ordena el levantamiento de la medida de secuestro y comunicación a la Policía de la Provincia de Buenos Aires tras haberse cumplido el objeto del secuestro digitalizado en fecha 09/05/2025. El tribunal regula honorarios a favor del letrado apoderado de la parte actora, Dr. Guillermo Andres Penedo, en base a la suma de $327.365,16, y ordena el archivo de las actuaciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, R.S y R.H, solicitó el levantamiento de la orden de secuestro y la comunicación correspondiente a la Policía de la Provincia de Buenos Aires, tras haberse cumplido el objeto del secuestro digitalizado en fecha 09/05/2025. La Policía informó el cumplimiento el 15/05/2025. La resolución señala que los objetos del secuestro se consideran finiquitados, y ordena el archivo del expediente. Además, se regulan los honorarios del letrado Dr. Guillermo Andres Penedo en la suma de 1,3 salarios mínimos, con base en la suma de $327.365,16, según el contrato de prenda del 25/02/2025. La resolución también dispone el levantamiento de la medida de secuestro ordenada el 20/03/2025, mediante oficio dirigido a la Policía de la Provincia de Buenos Aires. Los fundamentos principales indican que: "Atento lo solicitado y cuanto surge del mandamiento de secuestro digitalizado en formato PDF en fecha 09/05/2025, lo informado por la Policia de la Provincia de Buenos Aires en fecha 15/05/2025, habiéndose cumplido el objeto de las presentes, se las tiene por finiquitada." Se resalta que "las presentes actuaciones" están finalizadas y que corresponde ordenar el archivo, además de ordenar el levantamiento de la medida de secuestro y comunicarlo a la Policía. No se registran votos disidentes ni fundamentos en disidencia en la sentencia.
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