COLLADO BALTASAR S/ SUCESION AB INTESTATO (21)
Inscripción de la Declaratoria de Herederos en autos de sucesión con bienes inmuebles. La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de La Matanza confirmó la decisión de inscribir los bienes tras la declaración de herederos, regulando honorarios y estableciendo requisitos para cumplimiento y notificación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal ordenó la inscripción de la Declaratoria de Herederos dictada en diciembre de 2003, respecto a 1/6 de los bienes inmuebles relacionados a la sucesión de Francisca Monte de Souza. La resolución detalla las propiedades involucradas, su situación registral y la normativa aplicable para la confección de instrumentos y honorarios profesionales. La decisión se fundamenta en el cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios para la registración y regularización del patrimonio hereditario, además de ordenar notificaciones electrónicas y el cumplimiento de obligaciones tributarias y documentales. Se destaca que la resolución también regula aspectos de honorarios, especificando montos y formas de pago, y los requisitos para la correcta notificación de las mismas, en cumplimiento del artículo 54 de la Ley 14.967 y reglamentaciones relacionadas.
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