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FEDELLI ROSANA NOEMI S/ SUCESION AB-INTESTATO

Inscripción de declaratoria de herederos y dominio de bienes inmuebles y automotor. La sentencia ordena la inscripción de herederos y la formalización de los bienes, incluyendo inmuebles y automotor, con medidas para cumplir con requisitos fiscales y registrales, y regula honorarios profesionales.

Honorarios profesionales Notificaciones electronicas Inscripcion de herederos Valor fiscal Dominio automotor Art. 765 cpcc Dominio bienes inmuebles Acta de declaratoria de herederos Comunicacion registro automotor Documentacion tributaria

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal dispuso la inscripción de la declaratoria de herederos otorgada en fecha 01/04/2025 para un 50% de un inmueble en la Circunscripción VI, Sección C, Manzana 100, Parcela 1, Subparcela 2, con dominio inscripto en la matrícula N° 11.826/2, y también para un 50% de un automotor con certificado de dominio en autos (FDJ191). La resolución se fundamenta en el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 765 del CPCC, y en la documentación acompañada que acredita la titularidad y la situación registral. Además, se ordena la emisión de instrumentos registrales y comunicación con el Registro Nacional de la Propiedad Automotor, para formalizar la inscripción. La sentencia también regula aspectos fiscales, incluyendo la presentación de valuación fiscal para el inmueble y la conformación de honorarios profesionales en función del valor del automotor, en atención a las pautas de justicia y razonabilidad, y a la normativa vigente. Se advierte a los herederos sobre la obligación de presentar documentación tributaria y catastral, y se ordenan notificaciones electrónicas y diligencias administrativas previas a la inscripción definitiva.

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