PAIS ROJAS JESSE ALLEXANDERS S/ SUCESION AB-INTESTATO
Se inscribió la declaración de herederos para el bien automotor con certificado de dominio en autos. La resolución ordenó la inscripción y dispuso la comunicación electrónica al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, confirmando la validez del trámite y regulando honorarios profesionales.
La actora Xiomara Melina PAIS BRAVO solicitó la inscripción de la declaración de herederos respecto del 100% del bien automotor con dominio PQG278, en virtud de la declaratoria dictada en fecha 13/12/2024. La autoridad judicial, tras verificar el cumplimiento de los requisitos y la documentación acompañada, ordenó la inscripción registral del bien y la comunicación electrónica al Registro Nacional de la Propiedad Automotor, en cumplimiento del art. 765 del CPCC y la Ley 14.967. Además, reguló los honorarios de los abogados patrocinantes, estableciendo las sumas correspondientes y las condiciones de pago, en línea con los arts. 21 y 22 de la Ley 6716, y dejó constancia que se cumplió con el pago de la Tasa de Justicia. La resolución también dispuso que se cumpliera con la normativa tributaria, incluyendo la presentación del CUIT y CUIL. La jueza Laura Elizabeth Mato fundamenta la decisión en la documentación acompañada, la normativa aplicable y la jurisprudencia relacionada, específicamente citando la causa 1876/2 de la Cámara de Apelaciones y haciendo referencia a la valoración del valor del bien para la regulación de honorarios, establecida en $14.662.100, en concordancia con la causa 62/2010.
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