V., E. L. C/ D. C., H. N. Y OTRO S/DESALOJO FALTA DE PAGO
La Cámara de Apelaciones rechaza el recurso de apelación del demandado y confirma la sentencia que ordenó el desalojo por falta de pago. La decisión se fundamenta en la vencimiento del contrato, la falta de prueba del derecho de retención y la correcta valoración de la prueba por el tribunal de primera instancia.
- La demandante, V., E. L. C., demanda a D. C., H. N. y otro, solicitando el desalojo del inmueble por falta de pago.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y ordenó el desalojo dentro de los 10 días, bajo apercibimiento de lanzamiento por la fuerza pública.
- La parte demandada interpuso recurso de apelación, cuestionando la negativa a producir prueba y alegando afectación a su derecho de defensa.
- La Cámara analizó las constancias del expediente y concluyó que la existencia del contrato de locación, reconocido expresamente por la demandada, acreditaba la legitimación del actor, y que la actividad procesal del demandado no aportó elementos para justificar su derecho de retención.
- Además, se señaló que el contrato estaba vencido y que el demandado era intruso, por lo que la demanda debía prosperar.
- Respecto a la prueba, se indicó que el demandado consintió en la declaración de cuestión de puro derecho, lo que hizo improcedentes las objeciones posteriores.
- En base a ello, el tribunal consideró que el pronunciamiento de primera instancia se encontraba ajustado a derecho y rechazó el recurso, confirmando la sentencia con costas al apelante.
- La sentencia final fue: "Rechazar el recurso de apelación deducido por el demandado y, en consecuencia, confirmar la sentencia del 27/9/24, con costas de alzada al apelante vencido."
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