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A. Y. P. S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial confirma la sentencia que rechazó el beneficio de litigar sin gastos solicitado por la actora, argumentando insuficiencia probatoria y que los planteos sobre relación de consumo no fueron oportunamente propuestos.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora solicitó el beneficio de litigar sin gastos alegando carencia de recursos económicos, basándose en testimonios, declaración jurada y historia clínica, pero la Cámara concluyó que la prueba rendida fue insuficiente, ya que solo aportó dos testigos en vez de los tres requeridos, además de una declaración jurada sin correlato probatorio y documentación no concluyente. La jueza de primera instancia rechazó la solicitud por considerar que no se había probado la incapacidad económica, y la Cámara confirmó esa decisión, señalando que los planteos sobre relación de consumo no fueron oportunamente propuestos y que la prueba no sustentaba la existencia de recursos insuficientes. La sentencia expresa: "la situación de falencia probatoria expuesta, y destacada por el magistrado de primera instancia en su sentencia, conlleva al rechazo del recurso de apelación, por no haber logrado acreditarse la carencia económica suficiente para la concesión de la franquicia." Fundamentos principales: "Para la concesión del instituto en análisis, nuestra normativa procesal sólo requiere que se acredite la insuficiencia de recursos para afrontar los gastos que un juicio implica y ello se da cuando los medios económicos de que dispone el requirente no excedan lo necesario para procurarse una existencia digna, sin que sea menester acreditar la total indigencia (arts. 79 y 84, CPCC); quien lo requiera debe aportar los elementos que permitan apreciar su capacidad económica, a fin de evaluar la imposibilidad total o parcial de atender a los gastos de justicia." "En lo concreto del caso, no puede tenerse por abastecida la carga probatoria con las declaraciones de sólo dos testigos y sin otras pruebas conducentes, pues ningún valor adquiere al respecto la declaración jurada que emana de la propia actora, sin ningún correlato probatorio, ni tampoco la historia clínica de un hospital que, por sí sola, no es indicativa de la escasez de recursos." "Los requisitos de la solicitud del beneficio de litigar sin gastos deben cumplirse con testimonios que acrediten la situación patrimonial, y en este caso, no se cumplió con la cantidad requerida de tres testigos que den su testimonio sobre la situación patrimonial bajo examen."

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