A. G. M. C/ M. DE B. S/ PRESCRIPCION ADQUISITIVA LARGA
La Cámara de Apelaciones declara la nulidad de la sentencia de primera instancia por defectos en la integración de la litis y en la prueba de la posesión, resolviendo que el fallo debe ser anulado y las costas a la actora vencida. La decisión se fundamenta en que la sentencia no consideró la insuficiencia de la prueba y la falta de integración adecuada de la litis, concluyendo que la demanda no puede prosperar por estos motivos.
La actora, A. G. M. C., demanda prescripción adquisitiva de dominio sobre un inmueble en Baradero. La demandada, M. de B., cuestiona la validez del fallo por no haberse tratado todos los planteos defensivos y por no haberse integrado debidamente la litis, específicamente por no haber demandado expresamente a todos los titulares de dominio del bien. La Cámara revisora señala que la sentencia de primera instancia no supera el análisis de la prueba de posesión, ya que la demanda solo se dirigió contra una parte del inmueble y no contra todos los titulares del dominio, lo que vulnera el principio de integración de la litis y afecta la validez de la sentencia. La sentencia fue declarada nula por estos motivos, y las costas se imponen a la parte actora. La decisión se fundamenta en que “la Litis no se había integrado debidamente, teniendo en cuenta que debió intervenir el Fiscal de Estado, por estar comprometidos los intereses de la Provincia de Buenos Aires respecto de una parte del bien que se pretendía prescribir”. Además, se indica que “es inconcebible que otorgar un título dominial válido para la actora cuando el propietario de la restante porción pretendida no fue escuchado ni controló la prueba producida”. La nulidad se fundamenta en que la sentencia reconoció un derecho mayor al cedido, sin determinar contra quién prescribe en la porción excedente, lo que vulnera el debido proceso y la correcta integración de la litis.
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