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.................... S/ QUEJA EN CAUSA N° 99.800 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA II.-

La Suprema Corte de Buenos Aires confirmó la condena de Ochoa por homicidio con dolo eventual, rechazando la impugnación por valoración probatoria y aplicación del tipo penal, destacando que el comportamiento temerario y consciente del riesgo implica dolo.

Recurso extraordinario Prueba indiciaria Valoracion probatoria Imprudencia grave Dolo eventual Conduccion temeraria Homicidio doloso Art. 79 del codigo penal Causacion de dano Agravantes y agravamiento de pena

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa versa sobre la imputación de homicidio con dolo eventual a Galo Jorge Luis Ochoa, quien conducía un vehículo a alta velocidad, bajo los efectos del alcohol, y embistió a un peatón que cruzaba en zona urbana, causando su muerte. La sentencia de primera instancia calificó el hecho como homicidio doloso, y la Casación confirmó dicha calificación, sosteniendo que la conducta del imputado fue consciente del peligro y que la prueba sustenta la existencia del dolo eventual. La defensa cuestionó la valoración probatoria y la calificación legal, pero los tribunales superiores concluyeron que la valoración de la prueba fue adecuada y que los indicios permiten afirmar que Ochoa actuó con conocimiento y aceptación del riesgo de muerte. La Corte también rechazó los planteos relativos a la dosificación de la pena y la valoración de agravantes, confirmando la legalidad del fallo en todos sus aspectos.

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