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G , C R Y OTROS SOBRE 189 BIS (2) - PORTACION DE ARMAS DE USO CIVIL

La Cámara de Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas confirmó la decisión de primera instancia que rechazó la nulidad del allanamiento y del requerimiento de juicio, considerando que la intervención policial en flagrancia fue legal y fundamentada.

Nulidad Violencia de genero Allanamiento Improcedencia Procedimiento policial Requisa Procedimiento penal Elementos de prueba Razones de urgencia Falta de orden del juez

En el caso, corresponde confirmar la resolución de grado en cuanto no hizo lugar al planteo de nulidad del procedimiento policial. La Fiscalía encuadró las conductas investigadas y atribuidas al encartado en las figuras de amenazas simples reiteradas (en cuatro oportunidades), amenazas coactivas agravadas por el empleo de un arma, amenazas con armas, hostigamiento agravado y tenencia de arma de fuego de uso civil. La Defensa plantea la nulidad del allanamiento llevado a cabo toda vez que el personal policial habría ingresado a la finca del encartado sin una orden judicial emanada de autoridad competente. Ahora bien, los oficiales que se apersonaron luego del llamado de la víctima al 911, relataron que se entrevistaron con aquella, quien: “…les describió las circunstancias de tiempo, modo y lugar del hecho ocurrido. Cabe destacar que en dicha oportunidad, se encontraba el hijo del imputado, quien acompañó al Oficial al interior del domicilio, a fin de exhibirle un video en el cual habría quedado registrada la agresión y amenaza con el arma de fuego del imputado hacia su ex pareja -la denunciante-. Así las cosas, luego de proceder al resguardo del video, se procedió a la detención del nombrado -por orden de la Fiscalía Penal, Contravencional y de Faltas – y luego, a la requisa del interior del domicilio en busca de armas de fuego. Seguidamente, en presencia de dos testigos hábiles se requisó el inmueble, encontrando en una habitación un revólver marca “Doberman”, calibre .22, no hallando documentación alguna, con cinco municiones en sus alvéolos; una pistola marca “Bersa”, modelo “Thunder”, calibre .40 S&W…”. Es así que el personal policial, sin conocer cuál sería el resultado, se vio confrontado con una sospecha seria de que el agresor -que habría ejercido violencia de género mediante el uso de un arma de fuego
- se encontraría en el domicilio denunciado y podría deshacerse u ocultar las pruebas del hecho, tanto los elementos que habrían sido utilizados para llevar a cabo el comportamiento delictual, como el material fílmico que daba cuenta de aquel. Cabe remarcar que el video habría sido registrado por una cámara de seguridad ubicada en el patio de la vivienda, y fue el hijo del encartado quien manifestó su voluntad de aportarlo a los preventores, y a tal fin les solicitó que ingresen a la finca. Así las cosas, las características del contexto justifican razonablemente el ingreso a la morada, su posterior requisa y la detención del encartado.

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