IMBERT TIBAUDIN, NICOLE CONTRA OSDE (ORGANIZACION DE SERVICIOS DIRECTOS EMPRESARIOS) SOBRE AMPARO - SALUD-OBRAS SOCIALES. Expediente 235102/2021-0 - Cámara de Apelaciones CAyT Sala de feria
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal de la Ciudad de Buenos Aires habilita la feria judicial para remitir el expediente a la Justicia Federal debido a la existencia de riesgo inminente para la tutela del derecho a la salud del afiliado, justificando la urgencia por la situación de un adulto de 71 años y la medida cautelar pendiente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde habilitar la feria judicial a los fines de proceder a remitir la causa a la Justicia en lo Civil y Comercial Federal. En efecto, tal como lo expuso el Sr. Fiscal ante la Cámara en su dictamen, cuyos argumentos este Tribunal comparte, las razones de urgencia que determinan la habilitación del feriado judicial son solamente aquellas que entrañan para los litigantes un riesgo cierto e inminente de ver frustrados los derechos para cuya tutela se requiere protección judicial. En consecuencia, los argumentos esgrimidos por la actora resultan suficientes para habilitar la feria judicial a fin de que se cumpla con la remisión de las actuaciones a la Justicia en lo Civil y Comercial Federal para la prosecución de su trámite, máxime teniendo en cuenta que se invoca la falta de cobertura de salud de un afiliado de más de setenta años de edad y que se ha requerido el dictado de una medida cautelar pendiente de decisión.
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