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DecretoInterinatos · designacion2000

Decreto 387/2000

Jefatura de gabinete de ministros

AUTORIZASE EL DESPLAZAMIENTO DEL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS A LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, ENTRE LOS DIAS 14 Y 20 DE MAYO DE 2000. DESIGNACION DEL FUNCIONARIO QUE SE HARA CARGO INTERINAMENTE DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Fecha
17/05/2000

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PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 387/2000

Autorízase el desplazamiento del Jefe de Gabinete de Ministros a los Estados Unidos Mexicanos, entre los días 14 y 20 de mayo de 2000. Designación del funcionario que se hará cargo interinamente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Bs. As., 12/5/2000

VISTO el desplazamiento al exterior que efectuará el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS Doctor D. Rodolfo Héctor TERRAGNO, entre los días 14 y 20 de mayo de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que el citado funcionario, participará de una Conferencia Magistral de la Cátedra "JULIO CORTAZAR" en la Universidad de Guadalajara en los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

Que, asimismo, el señor JEFE DE GABINETE DE MINISTROS se reunirá con altas autoridades del gobierno mexicano.

Que resulta necesario adoptar los recaudos correspondientes a los fines de asegurar el normal funcionamiento de las responsabilidades de la Jefatura de Gabinete de Ministros, mientras dure la ausencia de su titular.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 7, de la Constitución Nacional.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1º — Autorízase el desplazamiento del JEFE DE GABINETE DE MINISTROS, Doctor D. Rodolfo Héctor TERRAGNO (D.N.I. Nº 4.424.643) a los ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, entre los días 14 y 20 de mayo de 2000.

Art. 2º — Mientras dure la ausencia de su titular se hará cargo interinamente de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el señor Ministro de Educación Licenciado D. Juan José Llach.

Art. 3º — Por el pertinente Servicio Administrativo Financiero, liquídense y abónense al funcionario autorizado los pertinentes viáticos y extiéndanse las correspondientes órdenes de pasaje.

Art. 4º — Los gastos que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente decreto serán imputados a las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 5º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — DE LA RUA. — Adalberto Rodríguez Giavarini.

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