Decreto 1509/2001
Recursos administrativo
RECHAZASE EL RECURSO DE ALZADA INTERPUESTO POR LA ASOCIACION CIVIL JOCKEY CLUB CONTRA LO DISPUESTO POR LA RESOLUCION DEL ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) NRO. 47 DEL 10 DE JUNIO DE 1997 QUE DESESTIMABA EL RECURSO DIRECTO INTERPUESTO EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 72 DEL DECRETO NRO. 999 DEL 18 DE JUNIO DE 1992, CONTRA LA FACTURACION DE SERVICIOS EFECTUADAS POR AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA RESPECTO DE DOS FRACCIONES QUE INTEGRAN EL DENOMINADO HIPODROMO DE SAN ISIDRO (CAMPO 1) Y LAS CANCHAS DE GOLF, DE POLO Y OTRAS INSTALACIONES (CAMPO 2).
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MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y VIVIENDA
Decreto 1509/2001
Bs. As., 23/11/2001
Recházase el Recurso de Alzada interpuesto por la ASOCIACION CIVIL JOCKEY CLUB contra lo dispuesto por la Resolución del ENTE TRIPARTITO DE OBRAS Y SERVICIOS SANITARIOS (ETOSS) Nº 47 del 10 de junio de 1997 que desestimaba el Recurso Directo interpuesto en el marco de lo establecido en el Artículo 72 del Decreto Nº 999 del 18 de junio de 1992, contra la facturación de servicios efectuadas por AGUAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA respecto de dos fracciones que integran el denominado Hipódromo de San Isidro (Campo 1) y las canchas de golf, de polo y otras instalaciones (Campo 2).
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