DecretoIncendio y derrumbe de deposito en el barrio de barracas2014
Decreto 137/2014
Duelo nacional
DECLARASE DUELO NACIONAL EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPUBLICA ARGENTINA, POR EL TERMINO DE DOS (2) DIAS A PARTIR DEL DIA DE LA FECHA, DEBIDO AL ACCIDENTE ACAECIDO COMO CONSECUENCIA DEL INCENDIO Y POSTERIOR DERRUMBE DE UN DEPOSITO SITUADO EN EL BARRIO DE BARRACAS, EL CUAL HA PROVOCADO UNA ENORME CONSTERNACION Y LA PERDIDA DE VARIAS VIDAS HUMANAS, COMO ASI TAMBIEN NUMEROSOS HERIDOS.
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DUELO NACIONAL
Decreto 137/2014
Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.
Bs. As., 5/2/2014
VISTO el trágico suceso ocurrido, en el día de la fecha, en el barrio de Barracas de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que el luctuoso accidente acaecido como consecuencia del incendio y posterior derrumbe de un depósito situado en el referido barrio porteño, ha provocado una enorme consternación y la pérdida de varias vidas humanas, como así también numerosos heridos.
Que el Gobierno y el pueblo de la Nación Argentina acompañan con su solidaridad y pesar el dolor de los familiares de las víctimas, manifestando su especial reconocimiento ante el profesionalismo y el heroico valor demostrado por los Bomberos de la Policía Federal, el Comisario Inspector D. Leonardo Arturo DAY; la Subinspectora Da. Anahí GARNICA; los Cabos Primero D. Carlos VELIZ, D. Maximiliano MARTÍNEZ y D. Eduardo Adrián CONESA; el Agente Bombero D. Juan MONTICELLI: los Integrantes de DEFENSA CIVIL D. Pedro BARICOLA y D. José MENDEZ, en carácter de Servidores Públicos y el Bombero Voluntario D. Sebastián CAMPOS, que en un gesto que los enaltece han ofrendado sus vidas en defensa del patrimonio de terceros y en cumplimiento del deber.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina, por el término de DOS (2) días a partir del día de la fecha.
Art. 2° — Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal F. Randazzo.
Decreto 137/2014
Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina.
Bs. As., 5/2/2014
VISTO el trágico suceso ocurrido, en el día de la fecha, en el barrio de Barracas de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, y
CONSIDERANDO:
Que el luctuoso accidente acaecido como consecuencia del incendio y posterior derrumbe de un depósito situado en el referido barrio porteño, ha provocado una enorme consternación y la pérdida de varias vidas humanas, como así también numerosos heridos.
Que el Gobierno y el pueblo de la Nación Argentina acompañan con su solidaridad y pesar el dolor de los familiares de las víctimas, manifestando su especial reconocimiento ante el profesionalismo y el heroico valor demostrado por los Bomberos de la Policía Federal, el Comisario Inspector D. Leonardo Arturo DAY; la Subinspectora Da. Anahí GARNICA; los Cabos Primero D. Carlos VELIZ, D. Maximiliano MARTÍNEZ y D. Eduardo Adrián CONESA; el Agente Bombero D. Juan MONTICELLI: los Integrantes de DEFENSA CIVIL D. Pedro BARICOLA y D. José MENDEZ, en carácter de Servidores Públicos y el Bombero Voluntario D. Sebastián CAMPOS, que en un gesto que los enaltece han ofrendado sus vidas en defensa del patrimonio de terceros y en cumplimiento del deber.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Declárase Duelo Nacional en todo el territorio de la República Argentina, por el término de DOS (2) días a partir del día de la fecha.
Art. 2° — Durante los días de duelo la Bandera Nacional permanecerá izada a media asta en todos los edificios públicos.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal F. Randazzo.
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