Ley 27788 - CONVENCIONES
APRUEBASE LA CONVENCION MULTILATERAL PARA APLICAR LAS MEDIDAS RELACIONADAS CON LOS TRATADOS FISCALES PARA PREVENIR LA EROSION DE LAS BASES IMPONIBLES Y EL TRASLADO DE BENEFICIOS, CELEBRADA EN LA CIUDAD DE PARIS, REPUBLICA FRANCESA, EL 24 DE NOVIEMBRE DE 2016, QUE CONSTA DE TREINTA Y NUEVE (39) ARTICULOS, CUYA COPIA AUTENTICADA EN IDIOMAS INGLES Y FRANCES Y SU TRADUCCION AL ESPAÑOL, COMO ANEXOS FORMAN PARTE DE LA PRESENTE LEY.
Tratados fiscales para prevenir la erosion de las bases imponibles y el traslado de beneficiosLey
CONVENCIONES
Ley 27788
Aprobación.
Artículo 1°- Apruébase la Convención Multilateral para Aplicar las Medidas Relacionadas con los Tratados Fiscales para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios, celebrada en la ciudad de París, República Francesa, el 24 de noviembre de 2016, que consta de treinta y nueve (39) artículos, cuya copia autenticada en idiomas inglés y francés y su traducción al español, como anexos forman parte de la presente ley.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
VICTORIA VILLARRUEL - MARTIN ALEXIS MENEM - Agustín Wenceslao Giustinian - Adrián Francisco Pagán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
Ley 27788
Aprobación.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
Artículo 1°- Apruébase la Convención Multilateral para Aplicar las Medidas Relacionadas con los Tratados Fiscales para Prevenir la Erosión de las Bases Imponibles y el Traslado de Beneficios, celebrada en la ciudad de París, República Francesa, el 24 de noviembre de 2016, que consta de treinta y nueve (39) artículos, cuya copia autenticada en idiomas inglés y francés y su traducción al español, como anexos forman parte de la presente ley.
Artículo 2°- Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL VEINTICINCO.
REGISTRADA BAJO EL N° 27788
VICTORIA VILLARRUEL - MARTIN ALEXIS MENEM - Agustín Wenceslao Giustinian - Adrián Francisco Pagán
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Ley se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-.
e. 28/05/2025 N° 36176/25 v. 28/05/2025
(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)