JurisprudenciaARG
Ley nacionalCapilla de la asuncion de la virgen del transito

Ley 27.379

Bienes de interes historico nacional

DECLARASE BIEN DE INTERES HISTORICO, EN LOS TERMINOS DE LA LEY 12.665, A LA CAPILLA DE LA ASUNCION DE LA VIRGEN DEL TRANSITO, UBICADA EN EL PUEBLO DE ASUNCION, DEPARTAMENTO DE LAVALLE, PROVINCIA DE MENDOZA.

Fecha
13/09/2017

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BIENES DE INTERÉS HISTÓRICO NACIONAL

Ley 27379

Declaración.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° - Declárase bien de interés histórico, en los términos de la ley 12.665, a la capilla de la Asunción de la Virgen del Tránsito, ubicada en el pueblo de Asunción, departamento de Lavalle, provincia de Mendoza.

ARTÍCULO 2° - La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3° - Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRES DIAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27379 —

MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

e. 13/09/2017 N° 68406/17 v. 13/09/2017

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