Ley 27338 - DECLARACIONES OFICIALES
DECLARESE “FIESTA NACIONAL” A LA “FIESTA DEL TAMBERO Y SU FAMILIA”, CON SEDE EN TRANSITO, DEPARTAMENTO DE SAN JUSTO EN LA PROVINCIA DE CORDOBA, QUE SE LLEVA A CABO ANUALMENTE EN DICHA LOCALIDAD.
Fiesta del tambero y su familiaLey
DECLARACIONES
Ley 27338
“Fiesta del Tambero y su Familia”.
ARTÍCULO 1° — Declárese “Fiesta Nacional” a la “Fiesta del Tambero y su Familia”, con sede en Tránsito, Departamento de San Justo en la provincia de Córdoba, que se lleva a cabo anualmente en dicha localidad.
ARTÍCULO 2° — Inclúyase la misma en el calendario turístico nacional.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.
Ley 27338
“Fiesta del Tambero y su Familia”.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Declárese “Fiesta Nacional” a la “Fiesta del Tambero y su Familia”, con sede en Tránsito, Departamento de San Justo en la provincia de Córdoba, que se lleva a cabo anualmente en dicha localidad.
ARTÍCULO 2° — Inclúyase la misma en el calendario turístico nacional.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTITRÉS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 27338 —
MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZÓ. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Buenos Aires, 22 de Diciembre de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución
Nacional, certifico que la Ley Nº 27.338
(IF-2016-04771541-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE
LA NACION el 23 de noviembre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el
día 19 de diciembre de 2016.Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.