Ley 27313 - MONUMENTOS HISTORICOS NACIONALES
DECLARASE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL, EN LOS TERMINOS DE LA LEY 12.665, A LA CASA DE DON AVELINO ROLON, UBICADA EN LA “QUINTA SANTA RITA”, EN LA INTERSECCION DE LAS CALLES LAMADRID Y GORRITI EN LA LOCALIDAD DE BOULOGNE SUR MER, PARTIDO DE SAN ISIDRO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Casa de don avelino rolon, ubicada en la “quinta santa rita”Ley
MONUMENTOS HISTÓRICOS NACIONALES
Ley 27313
Declárase Monumento Histórico Nacional en la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 1° — Declárase monumento histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, a la casa de Don Avelino Rolón, ubicada en la “Quinta Santa Rita”, en la intersección de las calles Lamadrid y Gorriti en la localidad de Boulogne Sur Mer, partido de San Isidro de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.313 (IF-2016-03800645-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 2 de noviembre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 23 de noviembre de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.
Ley 27313
Declárase Monumento Histórico Nacional en la Provincia de Buenos Aires.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Declárase monumento histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, a la casa de Don Avelino Rolón, ubicada en la “Quinta Santa Rita”, en la intersección de las calles Lamadrid y Gorriti en la localidad de Boulogne Sur Mer, partido de San Isidro de la provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Monumentos, de Lugares y de Bienes Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DOS DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS.
— REGISTRADA BAJO EL N° 27313 —
EMILIO MONZÓ. — FEDERICO PINEDO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.
Buenos Aires, 1 de Diciembre de 2016
En virtud de lo prescripto en el artículo 80 de la Constitución Nacional, certifico que la Ley Nº 27.313 (IF-2016-03800645-APN-SST#SLYT) sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACION el 2 de noviembre de 2016, ha quedado promulgada de hecho el día 23 de noviembre de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACION y, para su conocimiento y demás efectos, remítase al MINISTERIO DE CULTURA. Cumplido, archívese. — Pablo Clusellas.