Ley 27004 - CONMEMORACIONES
DESIGNESE CON EL NOMBRE DE “CARLOS ALBERTO DAVIT” AL PUENTE UBICADO EN EL KM. 679,41 DE LA RUTA NACIONAL 3, EN CERCANIAS DE LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Puente “carlos alberto davit”Ley
CONMEMORACIONES
Ley 27.004
Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.
Sancionada: Octubre 29 de 2014
Promulgada de Hecho: Noviembre 20 de 2014
ARTICULO 1° — Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en el km. 679,41 de la ruta nacional 3, en cercanías de la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2° — Dispóngase la instalación en el referido puente de una placa recordatoria, la cual tendrá el siguiente texto:
“Aquí fue asesinado, por el terrorismo de Estado, Carlos Alberto Davit el 19 de noviembre de 1975.
Reafirmemos, como homenaje a su memoria, nuestra convicción de lucha inclaudicable por la democracia, la libertad y la dignidad del pueblo argentino.”
ARTICULO 3° — Solicítese al señor Administrador General de Vialidad efectuar todas las diligencias necesarias desde el punto de vista administrativo y legal a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos precedentes.
ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.
Ley 27.004
Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.
Sancionada: Octubre 29 de 2014
Promulgada de Hecho: Noviembre 20 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTICULO 1° — Desígnese con el nombre de “Carlos Alberto Davit” al puente ubicado en el km. 679,41 de la ruta nacional 3, en cercanías de la ciudad de Bahía Blanca, provincia de Buenos Aires.
ARTICULO 2° — Dispóngase la instalación en el referido puente de una placa recordatoria, la cual tendrá el siguiente texto:
“Aquí fue asesinado, por el terrorismo de Estado, Carlos Alberto Davit el 19 de noviembre de 1975.
Reafirmemos, como homenaje a su memoria, nuestra convicción de lucha inclaudicable por la democracia, la libertad y la dignidad del pueblo argentino.”
ARTICULO 3° — Solicítese al señor Administrador General de Vialidad efectuar todas las diligencias necesarias desde el punto de vista administrativo y legal a fin de dar cumplimiento a lo estipulado en los artículos precedentes.
ARTICULO 4° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTINUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.004 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.