Ley 25384 - MONUMENTOS NACIONALES
DECLARASE MONUMENTO NACIONAL HEROES DE MALVINAS AL MURAL ESCULTORICO ERIGIDO EN LA CIUDAD DE USHUAIA, EN MEMORIA DE LOS CAIDOS EN LA GUERRA POR LA RECUPERACION DE LAS ISLAS MALVINAS, GEORGIAS Y SANDWICH DEL SUR.
MONUMENTOS NACIONALES
Ley 25.384
Declárase monumento nacional "Héroes de Malvinas" al mural escultórico erigido en la ciudad de Ushuaia, en memoria de los caídos en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.
Sancionada: Noviembre 30 de 2000.
Promulgada: Enero 3 de 2001.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO 1º — Declárase monumento nacional "Héroes de Malvinas" al mural escultórico que se erige en la ciudad de Ushuaia, capital de la Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur, en memoria de los caídos en la guerra por la recuperación de las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur.
ARTICULO 2º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 25.384 —
RAFAEL PASCUAL. — MARIO A. LOSADA. — Guillermo Aramburu. — Juac C. Oyarzún.