Ley 23222 - INMUEBLES DEL ESTADO
SE FACULTA AL PODER EJECUTIVO A TRANSFERIR A TITULO GRATUITO A LA PROVINCIA DE MISIONES, EL DOMINIO DE UN INMUEBLE UBICADO EN LA COLONIA ALBA POSSE, CON DESTINO AL FUNCIONAMIENTO DEL HOSPITAL LOCAL.
Transferencia en misiones para hospital publicoLey
INMUEBLES
LEY N° 23.222
Transfiérese a la provincia de Misiones, el dominio de un inmueble, propiedad del Estado Nacional.
Sancionada: Agosto 21 de 1985.
Promulgada: Setiembre 9 de 1986.
ARTICULO 2° — La transferencia se hará con cargo para la provincia de Misiones de mantener en el inmueble el funcionamiento del Hospital de Alba Posse.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiún días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco.
LEY N° 23.222
Transfiérese a la provincia de Misiones, el dominio de un inmueble, propiedad del Estado Nacional.
Sancionada: Agosto 21 de 1985.
Promulgada: Setiembre 9 de 1986.
EL SENADO Y CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
ARTICULO 1° — Transfiérese a
título gratuito a la provincia de Misiones, el dominio del inmueble
propiedad del Estado Nacional con todo lo plantado enclavado y adherido
al suelo, ubicado en la Colonia Alba Pose, 7°. Sección de Chacras,
Departamento San Javier, designado como parcela 33, Sección 4, según
plano de mensura N° 14.963/78, el que en fotocopia autenticada forma
parte integrante de la presente como Anexo, la que mide y linda:
doscientos metros (200 m) de frente al Sudoeste sobre la ruta provincial N° 8; igual medida en su contrafrente
al Nordeste lindando con parte del lote 200-C; ciento cincuenta metros
(150 m) en su costado Sudeste lindando con calle sin nombre y parte del
lote 200-B (parcela 695-B) e igual medida en su costado al Noroeste por
donde linda con la parcela 695-A. Superficie: tres hectáreas (3 Ha).
Nomenclatura catastral: Departamento 17: Municipio 01; Sección 04;
Chacra 090, Manzana 000; Parcela 33.LEY:
ARTICULO 2° — La transferencia se hará con cargo para la provincia de Misiones de mantener en el inmueble el funcionamiento del Hospital de Alba Posse.
ARTICULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los veintiún días del mes de agosto del año mil novecientos ochenta y cinco.
J. C. PUGLIESE. |
C. E. GOMEZ CENTURION |
Carlos A.,
Bravo. |
Antonio J. Macris. |
— Registrada bajo el N° 23.222—
Nota: El Plano Anexo no se publica.