Ley 23167 - PODER EJECUTIVO NACIONAL
SE CONCEDE EL PERMISO SOLICITADO POR EL PRESIDENTE DE LA NACION PARA AUSENTARSE DEL PAIS CUANDO RAZONES DE GOBIERNO LO INDIQUEN, EN EL PERIODO 1.1.85 AL 31.12.85.
Permiso al presidente de la nacion para ausentarseLey
PODER EJECUTIVO NACIONAL
LEY N° 23.167
Concédese a su titular autorización para ausentarse del país.
Sancionada: Diciembre 13 de 1984.
Promulgada: Enero 4 de 1985.
ARTICULO 1° — Concédese al Señor Presidente de la Nación el permiso que solicita para ausentarse del país en el período comprendido entre el 1° de enero de 1985 y el 31 de diciembre de 1985 inclusive, cuando razones de gobierno lo indiquen.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.
— Registrada bajo el N° 23.167 —
LEY N° 23.167
Concédese a su titular autorización para ausentarse del país.
Sancionada: Diciembre 13 de 1984.
Promulgada: Enero 4 de 1985.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA NACIÓN ARGENTINA REUNIDOS EN CONGRESO, ETC., SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
ARTICULO 1° — Concédese al Señor Presidente de la Nación el permiso que solicita para ausentarse del país en el período comprendido entre el 1° de enero de 1985 y el 31 de diciembre de 1985 inclusive, cuando razones de gobierno lo indiquen.
ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Dada en la Sala de Sesiones del Congreso Argentino, en Buenos Aires, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro.
VICTOR H. MARTINEZ. |
JUAN C. PUGLIESE. |
Antonio J. Macris |
Carlos A. Bravo. |
— Registrada bajo el N° 23.167 —