Ley 22402 - MONUMENTOS CONMEMORATIVOS
AUTORIZASE A LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES A EMPLAZAR UN BUSTO.
EmplazamientosLey
MONUMENTOS CONMEMORATIVOS
LEY N° 22.402
Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un busto.
Buenos Aires, 16 de febrero de 1891
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
Artículo 1° — Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires para emplazar un busto del Teniente General don Pedro Eugenio Aramburu en la plaza homónima, delimitada por las avenidas Avellaneda y Teniente General Donato Alvarez y las calles Bogotá y Cúlcena, de la Capital Federal.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
LEY N° 22.402
Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires a emplazar un busto.
Buenos Aires, 16 de febrero de 1891
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE
LEY:
LEY:
Artículo 1° — Autorízase a la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires para emplazar un busto del Teniente General don Pedro Eugenio Aramburu en la plaza homónima, delimitada por las avenidas Avellaneda y Teniente General Donato Alvarez y las calles Bogotá y Cúlcena, de la Capital Federal.
Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
VIDELA.
Albano E. Harguindeguy.
Albano E. Harguindeguy.