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Ley 22063 - SALARIOS

FIJANSE NUEVAS REMUNERACIONES A LOS MAGISTRADOS, FUNCIONARIOS Y EMPLEADOS DEL PODER JUDICIAL DE LA NACION.

Ley n° 21.996 - modificacionLey
SALARIOS

LEY Nº 22.063

Fíjanse nuevas remuneraciones a los Magistrados, Funcionarios y Empleados del Poder Judicial de la Nación.

Buenos Aires 3 de setiembre de 1979

En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 5º del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo 1º — Sustitúyese a partir del 1º de setiembre de 1979 los Anexos I, II y III de la Ley Nº 21.996, por los adjuntos a la presente ley que forman parte integrante de la misma.

Art. 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

José A. Martínez de Hoz.

Alberto Rodríguez Varela.

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

ANEXO I



ANEXO II



ANEXO III


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