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Ley 19343 - SERVICIOS PORTUARIOS

FIJACION DE TARIFAS DE SERVICIOS PORTUARIOS.

Comando en jefe de la armadaLey

Ley 19.343

FIJACION DE TARIFAS DE SERVICIOS PORTUARIOS.

BUENOS AIRES, 18 de noviembre de 1971



En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5 del
Estatuto de la Revolución Argentina,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1.- Los valores tarifarios de los Servicios de Practicaje y Pilotaje serán fijados por el Comando en Jefe de la Armada.-

ARTICULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

LANUSSE - Cáceres Monié

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