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Ley 19329 - INTERVENCION FEDERAL

OBJETO CUMPLIDO-INTERVENCION FEDERAL-TERMINO DE LA DISPUESTA EN LA PROVINCIA DE JUJUY

JujuyLey

INTERVENCION

Dase por terminada la Intervención Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy.

Buenos Aires, 29 de octubre de 1971

Excelentísimo señor Presidente de la Nación:

Tengo el agrado de dirigirme a V. E. con el objeto de someter a su consideración un proyecto de ley por el cual se da por terminada la Intervención Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy, dispuesta por Ley 19.104.

Dios guarde a V. E.

Arturo Mor Roig.

LEY Nº 19.329

Bs. As., 29/10/71

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina, El Presidente de la Nación Argentina Sanciona y Promulga

con Fuerza de Ley:

Artículo 1º - Dase por terminada la Intervención Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de Jujuy, dispuesta por la Ley 19.104.

Art. 2º - Danse las gracias al señor Interventor don Carlos Roberto González López.

Art. 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE.

Ezequiel Martínez.

Pedro A. J. Gnavi.

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