Logo

CÁMARA DEAPELACIONES EN LO CATYRC - SALA III CARRIZO MARISA ISABEL CONTRA LÍNEA DE MICROÓMNIBUS 47 SAY OTROS SOBRE DAÑOS Y PERJUICIOS (EXCEPTO RESP. MÉDICA) Número: EXP33888/2009-0

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo ratifica la sentencia de primera instancia, rechazando los recursos de apelación y confirmando la condena al GCBA, en virtud de la responsabilidad por daños y perjuicios por el hecho de tránsito, con reducción del daño moral a $80.000 y distribución de costas en el orden causado.

Danos y perjuicios Monto del proceso Admisibilidad del recurso Requisitos Recurso de apelacion (procesal)

En el caso, son admisibles los recursos de apelación interpuestos por las partes. El artículo 219 del CCAyT –modificado por Ley 5931
- establece los requisitos formales del recurso de apelación y, en su último párrafo indica que “cuando el valor cuestionado en el proceso no exceda de la suma de diez mil (10.000) unidades fijas y mientras no estén en tela de juicio prestaciones alimentarias, la apelación ante la Cámara estará sujeta a los mismos recaudos y límites que el recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Superior de Justicia”. De aquellos términos cabe concluir que el monto que debe tenerse en cuenta para la admisibilidad del recurso de apelación es el vigente a la fecha de interposición de la demanda, ya que es el que representa el valor cuestionado en el proceso. Teniendo en cuenta que la demanda fue interpuesta el 30/09/2008, que el monto allí reclamado es de $85.280 y que la Resolución CM 487/2004 del 12/07/2004 fijó el monto de apelabilidad en $5.000, es que los recursos interpuestos por las partes son formalmente admisibles.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar