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PASCUCCI, LILIANA ELENA c/ ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) s/AMPARO LEY 16.986

La actora impugnó la denegación del beneficio previsional por el incumplimiento de presentar una declaración jurada de salud. La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inaplicabilidad de dicho requisito.

Notificacion Seguridad social Declaracion jurada de salud Retiro transitorio por invalidez Denegacion de beneficio previsional Principio protectorio.


- Actora: Liliana Elena Pascucci

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación de la denegación del beneficio previsional de retiro transitorio por invalidez.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción de amparo, declarando la inaplicabilidad del requisito de presentar una declaración jurada de salud establecido en el Decreto 300/97. Los principales fundamentos fueron:
- El Decreto 300/97 establece que la verificación del cumplimiento de presentar la declaración jurada recae en la administración, por lo que no puede denegarse el beneficio por su falta si no se acredita que se notificó debidamente al administrado.
- No surge de las actuaciones que se haya notificado fehacientemente al actor sobre este requisito, por lo que no se le puede endilgar su incumplimiento.
- Debe primar la protección de los derechos previsionales, evitando su desconocimiento, dada la naturaleza alimentaria y de protección de riesgos de subsistencia que poseen.

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