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CHAVEZ GONZALEZ, RODOLFO ARNOLDO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda por reajustes de su beneficio previsional. La Cámara Federal de Bahía Blanca modificó la sentencia y ordenó actualizaciones en el haber del actor en base a una fórmula que combina variaciones del IPC y el RIPTE.

Inconstitucionalidad Ipc Seguridad social Reajuste Anses Actualizacion de haberes Ripte Movilidad previsional

Reajustes varios del beneficio previsional

¿Qué se resolvió?


- Se rechaza el pedido de redeterminación del haber inicial por servicios en relación de dependencia.
- Se difiere a liquidación el tratamiento del reajuste de la PBU.
- Se ordena a ANSES integrar el haber de diciembre 2020 con la diferencia respecto a la ley 27.426.
- Se declara inconstitucional el art. 1 de la ley 27.609 a partir de 2022 y se ordena actualizar los haberes trimestralmente con una fórmula combinada de 50% IPC y 50% RIPTE.
- Se declara inconstitucional el art. 9 inc. 3 de la ley 24.463 en cuanto a su aplicación confiscatoria.
- Se declara inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 y se imponen costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?


- La Corte Suprema ha reconocido que la movilidad previsional es una garantía constitucional, pero su reglamentación corresponde al Poder Legislativo.
- Si bien la fórmula de la ley 27.609 no es irrazonable, su aplicación ha generado una grave depreciación de los haberes que vulnera la garantía de movilidad.
- Corresponde establecer una fórmula combinada de IPC y RIPTE para actualizar los haberes de manera más adecuada.

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