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BLANCO, NESTOR EDUARDO Y OTROS c/ ESTADO NAC.ARG-PEN- MIN. DE SEG- DIRECC. NAC. DE GENDARMERIA s/DIFERENCIAS SALARIALES

Gendarmes retirados y en actividad reclaman pago de suplementos salariales. La Cámara revoca parcialmente la sentencia y reconoce el derecho a cobrar sumas previstas en decretos, con límites en los plazos de prescripción.

Prescripcion Gendarmeria nacional Suplementos salariales Retirados Actividad

Cobro y regularización de haberes, por incumplimiento de leyes 19.101, 19.349 y modificatorias. Pago de aumentos, compensaciones y suplementos salariales.
- Decisión: Se hace lugar parcialmente. Se reconoce derecho a cobrar sumas previstas en decretos 1897/85 y resolución 500/85, con excepción de los montos prescriptos. Para suplementos 1307/12 y antigüedad, se reconoce para actividad 5 años previos a demanda y para retiro 2 años. Fundamentos:
- La demandada no acreditó que los actores en actividad hubiesen cobrado los aumentos del dec. 1897/85 y res. 500/85.
- La CSJN reconoció el derecho a cobrar esos aumentos.
- Para los retirados, prescripción de 2 años conforme ley 23.627. Para los en actividad, 5 años según Código Civil.

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