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ARGENTREN SA c/ EN-M TRANSPORTE DE LA NACION Y OTRO s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

El tribunal fija los honorarios de los letrados intervinientes en un proceso contencioso administrativo.

Honorarios profesionales Arancel Contencioso administrativo Ley 27.423


¿Quién es el actor?

ARGENTREN SA

¿A quién se demanda?

EN-M TRANSPORTE DE LA NACION Y OTRO

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Proceso de conocimiento en materia contencioso administrativa

¿Qué se resolvió?

El tribunal fija los honorarios de los letrados de las partes intervinientes, aplicando la ley 27.423 sobre aranceles profesionales.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 30 y demás concordantes de la ley del arancel, la trascendencia del asunto discutido y la entidad del trabajo cumplido — contestaciones de traslado del 23/8/24 y 27/8/24—, FIJANSE en la cantidad de 3 U.M.A —suma equivalente a $216.795— los honorarios de los doctores Alejandro Gabriel Tkachuk y Roberto Mario Haidar, letrados apoderados del Estado Nacional; y REGULANSE en la cantidad de 3 U.M.A —suma equivalente a $216.795— los emolumentos de la Dra. Ana Isabel Michelli, letrada apoderada de la CNRT (arts. 16, 19, 20, 21, 22, 25, 29 inc. c y f, 30, 51 y 58 inc. b) y ccdtes. de la ley 27.423; CSJN resol SGA Nº 1236/25)."

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