Incidente Nº 35 - IMPUTADO: CESIAS POLO, JOSE ANTONIO s/SUSPENSION DE PROCESO A PRUEBA
El Ministerio Público Fiscal recurrió la decisión que declaró extinguida la acción penal y sobreseyó a José Antonio Cesias Polo, a pesar de que este había cometido nuevos delitos durante el período de suspensión del juicio a prueba.
- Actor: Ministerio Público Fiscal
- Demandado: José Antonio Cesias Polo
- Objeto: Revocar la suspensión del juicio a prueba y reanudar el proceso penal contra Cesias Polo, dado que este cometió nuevos delitos durante el período de suspensión.
- Decisión: Por mayoría, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso del fiscal. Los jueces Mahiques y Carbajo consideraron que, si bien Cesias Polo cometió nuevos delitos durante la suspensión, éstos se juzgaron y condenaron fuera del período de control, por lo que no correspondía revocar la suspensión. El juez Petrone, en disidencia, entendió que lo relevante es la fecha de comisión del delito, no la firmeza de la condena, por lo que el recurso del fiscal debía prosperar.
Fundamentos relevantes:
- "Para que proceda la revocación de la suspensión del proceso por la comisión de un nuevo delito requiere que exista una condena firme que declare la responsabilidad penal del imputado."
- "Lo determinante es la fecha de comisión del delito y no la fecha de la sentencia que lo acredita."
- "Conforme a lo previsto en el artículo 76 ter, cuarto párrafo, del Código Penal, no procede declarar extinguida la acción penal ni, en consecuencia, dictar el sobreseimiento de José Antonio Cesias Polo."
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