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AQUINO, NESTOR HERNAN c/ LA SEGUNDA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor promovió demanda por incapacidad derivada de un accidente in itinere. La Cámara Nacional de Apelaciones modificó la sentencia de primera instancia y redujo el monto indemnizatorio, excluyó la indemnización prevista en la Ley 26.773 por tratarse de un accidente in itinere y aplicó la actualización por el índice RIPTE.

Incapacidad fisica Incapacidad psiquica Accidente in itinere Capacidad restante Actualizacion por ripte Ley 27.348 Ley 26.773

Incapacidad derivada de accidente in itinere
- Decisión:
- Se revocó el rechazo de la incapacidad en la rodilla izquierda (2% de la total obrera)
- Se revocó el porcentaje de incapacidad psíquica (15%) por falta de fundamentación
- Se aplicó el método de la capacidad restante y se fijó la incapacidad total en 10,32%
- Se excluyó la indemnización prevista en la Ley 26.773 por tratarse de un accidente in itinere
- Se aplicó la actualización por el índice RIPTE desde la fecha del accidente Fundamentos relevantes:
- La limitación funcional en la rodilla izquierda se encontraba debidamente acreditada.
- El informe pericial psicológico carecía de fundamentación sobre el nexo causal.
- El método de la capacidad restante es aplicable en caso de preexistencias.
- La Ley 26.773 excluye los accidentes in itinere de la indemnización adicional.
- La actualización por RIPTE es más favorable que la aplicación de la tasa prevista en la Ley 27.348.

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