BARRETO, LAURA MARINA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor promovió demanda por indemnización derivada de un accidente de trabajo. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y ordenó calcular los intereses del crédito con el CER.
indemnización por accidente de trabajo
- Decisión: La Cámara revocó la sentencia de primera instancia y modificó la forma de cálculo de los intereses, declarando la inconstitucionalidad de los apartados 2° y 3° del artículo 12 de la ley 24557 -según la redacción del artículo 11° de la ley 27348-. Ordenó que al crédito del actor ($1.539.578,4.-) se le adicione como interés moratorio el CER, desde la fecha de exigibilidad (accidente: 16/09/2022) hasta el efectivo pago.
- Fundamentos:
- La utilización de la tasa activa -negativa en los últimos años
- para calcular los intereses, implica una confiscatoriedad del crédito del trabajador, con grave afectación del derecho de propiedad.
- El MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL estableció que la determinación de las prestaciones dinerarias debe tomar como referencia el índice RIPTE, para resguardar el valor de las sumas que los trabajadores deben percibir.
- Se ejemplificó el perjuicio que le causaba al trabajador la percepción de su indemnización mucho tiempo después, situación que se replica en la presente causa.
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