ARGAÑARAZ, ANTONIA NOEMI c/ AZUL S.A.T.A. LINEA 203 s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La actora demandó por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito. La Cámara Civil modificó parcialmente la sentencia, reduciendo los montos indemnizatorios por incapacidad psicológica, tratamiento psicológico y daño moral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La actora Antonia Noemí Argañaraz demandó a Azul S.A.T.A. Línea 203 por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito.
- El juez de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la empresa y a su aseguradora a pagar a la actora la suma de $22.924.000 más intereses y costas.
- Todas las partes apelaron la sentencia.
- La Cámara Civil modificó parcialmente la sentencia, haciendo lugar sólo a una parte de los agravios:
- Desestimó la partida por daño físico e incapacidad física, por falta de acreditación del nexo causal entre las lesiones y el accidente.
- Redujo a $2.800.000 la indemnización por daño psicológico, a $400.000 la de tratamiento psicológico, y a $1.800.000 la de daño moral.
- Concedió $30.000 por gastos médicos y farmacéuticos.
- Confirmó el resto de la sentencia apelada.
- Los fundamentos principales fueron:
- El perito médico no acreditó suficientemente la relación causal entre las lesiones físicas y el accidente.
- La incapacidad psicológica del 26% determinada por la perito psicóloga y el tratamiento psicológico recomendado, si bien fueron considerados, los montos fijados se redujeron por ser excesivos.
- Se ponderaron las circunstancias personales de la víctima y el impacto del hecho en su esfera extrapatrimonial para determinar el daño moral.
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