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BUZZO JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor cuestionó la constitucionalidad de las leyes que modificaron la movilidad de su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia y rechazó la inconstitucionalidad planteada.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Derechos adquiridos Ley de emergencia economica Movilidad previsional

Cuestionar la constitucionalidad de las leyes que modificaron la movilidad de su haber previsional.

¿Qué se resolvió?

La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y rechazó la declaración de inconstitucionalidad planteada. Los principales fundamentos de la decisión fueron:
- Las leyes 26.417, 27.426, 27.541 y 27.609 que regulan la movilidad de los haberes previsionales no afectan derechos amparados por garantías constitucionales, como el derecho de propiedad.
- El derecho a la movilidad de los haberes se devenga y reconoce semestralmente en marzo y septiembre, por lo que la aplicación retroactiva de los índices no afecta derechos adquiridos.
- Se convalidó la constitucionalidad de la ley 27.541 de emergencia económica y se rechazó el reclamo de diferencias una vez finalizada la emergencia.
- Se difirió para la etapa de ejecución de sentencia el análisis de la irrazonabilidad de la aplicación de los arts. 9 de la ley 24.463 y 26 de la ley 24.241.

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