PEDRONI, YANINA PAOLA Y OTRO c/ CPACF (EX 33421/23) s/EJERCICIO DE LA ABOGACIA - LEY 23187 - ART 47
Abogados sancionados por el Tribunal de Disciplina del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal por incumplimiento de deberes éticos. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirma las sanciones.
- Actor: Jorge Nicolás Sánchez
- Demandados: Marcelo Costantino y Yanina Paola Pedroni
- Objeto: Denuncia por incumplimiento de deberes éticos de los abogados en el marco de un juicio civil
- Decisión: El Tribunal de Disciplina del CPACF impuso sanciones de multa a los abogados por infracción a los deberes de lealtad, probidad y buena fe en el ejercicio profesional. La Cámara Contencioso Administrativo Federal confirmó las sanciones.
El tribunal consideró acreditado que los abogados incumplieron sus obligaciones de "decir la verdad a su cliente, no crearle falsas expectativas, ni magnificar las dificultades, o garantizarle el buen resultado de su gestión profesional y atender los intereses confiados con celo, saber y dedicación" y de "proporcionar a su cliente información suficiente acerca del Tribunal u organismo donde tramite el asunto encomendado, su estado y marcha, cuando así se lo solicite, en forma y tiempo adecuados".
La Dra. Pedroni se desempeñó como letrada patrocinante durante el período en que se declaró la caducidad de instancia en el juicio civil, sin acreditar causas que la exculpen. Por su parte, el Dr. Costantino, una vez que asumió la representación, no replicó el rechazo de la perención, dejando en estado de indefensión al cliente.
Si bien los abogados alegaron distintos argumentos en su defensa, la Cámara consideró que no lograron conmover las conclusiones del Tribunal de Disciplina. Asimismo, no se apreció arbitrariedad o irrazonabilidad en el quantum de las sanciones impuestas.
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