LOSADA, GRACIELA DEL VALLE c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986
La actora promovió acción de amparo contra ANSES para cuestionar la exigencia del cese definitivo para acceder a su jubilación. La Cámara Federal de Tucumán confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad de dicho requisito.
La Sra. Graciela del Valle Losada, Secretaria de Juzgado efectiva del Poder Judicial de la Nación, promovió una acción de amparo contra ANSES con el objeto de que se declare la inconstitucionalidad y/o inaplicabilidad del art. 9 inc. b) de la Ley 24.018 (con las modificaciones de la Ley 27.546) y de la Resolución 10/2020 de la Secretaría de Seguridad Social, que le exigen la presentación del cese definitivo para acceder a su jubilación. La Cámara Federal de Tucumán consideró que la situación de la actora compromete un derecho de naturaleza alimentaria, por lo que no debe llegarse al desconocimiento de sus derechos sino con extrema cautela. Además, entendió que exigirle a la amparista que deje de percibir su sueldo sin acceder al cobro de una jubilación implica un inminente perjuicio, privándola de todo ingreso mensual y del acceso a prestaciones de obra social. Por ello, confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad a la actora de la exigencia del cese definitivo. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha señalado que este requisito pone en riesgo la integridad de los ingresos alimentarios del magistrado, al vedarle el acceso a soluciones como la renuncia condicionada, que sí tienen los demás trabajadores, lo cual genera una desigualdad injustificada.
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